Las acciones que constituyen delitos contra la seguridad vial en Alcalá de Henares son conductas relacionadas con la conducción de vehículos en vías públicas que comprometen la seguridad del tráfico y de sus usuarios. Estas infracciones pueden variar desde comportamientos menos graves hasta aquellos que suponen un riesgo considerable, pudiendo provocar lesiones graves o incluso la muerte.
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Conozca los delitos contra la seguridad vial en Alcalá de Henares
Desde el enfoque legal, los delitos relacionados con la seguridad vial comprenden tanto acciones como omisiones que pueden poner en peligro la circulación en las carreteras. Su principal propósito es salvaguardar la seguridad del tráfico, como un medio para proteger la integridad física y la vida de las personas.
En el marco legal español, estos delitos están recogidos en el Capítulo IV del Título XVII del Libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Concretamente, se detallan en los artículos que van del 379 al 385 de dicho Código. En cuanto a las sanciones, incluyen multas, la retirada temporal del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y en casos de reincidencia, penas de prisión.
El bien jurídico que se protege en estos delitos es el interés colectivo en la seguridad de las vías públicas, abarcando la protección de la vida, la integridad física y el bienestar de los ciudadanos.
Conductas que incurren en delitos contra la seguridad vial
Las conductas más comunes que llevan a la comisión de delitos contra la seguridad vial abarcan diversas situaciones de riesgo relacionadas con la conducción. Una de las más frecuentes es conducir bajo los efectos del alcohol, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En este contexto, también se considera delito hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 g/l o con una tasa de alcohol en sangre que supere los 1,2 g/l, ya que estas situaciones comprometen gravemente la seguridad en las vías.
Otra infracción común es superar los límites de velocidad establecidos, en particular cuando se excede en más de 60 km/h en vías urbanas o en más de 80 km/h en vías interurbanas. Este tipo de comportamiento, junto con la conducción temeraria, aumenta significativamente el riesgo de accidentes y pone en peligro tanto al conductor como al resto de los usuarios de la vía.
La negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas también constituye un delito, reflejando un claro desafío a las normativas de seguridad vial. Del mismo modo, conducir sin el permiso reglamentario, ya sea porque ha caducado o porque se han agotado todos los puntos del carnet, es una infracción grave que puede acarrear sanciones severas.
Finalmente, generar riesgos en la vía pública, como colocar obstáculos o dañar la señalización, también constituye un delito, ya que estas acciones no solo alteran el tráfico, sino que también ponen en peligro la seguridad de las personas que transitan por la zona.

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Exceso de velocidad
Los delitos relacionados con el exceso de velocidad y la conducción bajo los efectos del alcohol son los más comunes en los tribunales en la práctica diaria. Ambos están contemplados y descritos en el Artículo 379 del Código Penal.
En cuanto al exceso de velocidad, se considera delito cuando se superan los límites en más de 60 kilómetros por hora en zonas urbanas o en más de 80 kilómetros por hora en carreteras interurbanas, lo que constituye un riesgo grave para la seguridad vial.
Un ejemplo ocurrió en 2020, cuando interceptaron a un vecino de Alcalá de Henares cuando circulaba a 185km/h, casi 100km/h por encima del límite establecido en esa vía.
Alcoholemia
El delito de conducir bajo la influencia del alcohol, conocido como delito de alcoholemia, está regulado en el artículo 379.2 del Código Penal. Este tipo de infracción ocurre cuando una persona conduce un vehículo con una cantidad de alcohol en su organismo que compromete sus capacidades psicofísicas, poniendo en peligro la seguridad en la vía pública.
En España, los límites de alcoholemia varían según el tipo de conductor. Para conductores particulares, este límite es de 0,5 gramos por litro (g/l) en sangre o 0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire. Sin embargo, para conductores profesionales y aquellos con menos de dos años de experiencia, los límites son más estrictos: 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado.
Cuando un conductor supera los 0,60 mg/l en aire espirado, o incluso con niveles inferiores si se demuestra que su conducción ha sido afectada negativamente, puede ser acusado de cometer un delito de alcoholemia. Las sanciones legales dependerán de la cantidad de alcohol detectada y las circunstancias particulares de cada situación.
La alcoholemia es una de las conductas que más accidentes provoca debido a la reducción de las capacidades físicas.
Negativa a realizar las pruebas de detección
Se estipula que todos los conductores en vías públicas están obligados a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas cuando las autoridades competentes lo requieran. Rehusarse de manera intencionada a realizar estas pruebas puede ser considerado un delito por negativa a someterse a los controles de alcoholemia, además de que el conductor podría enfrentar cargos adicionales por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Conducción temeraria
En España, la conducción temeraria está contemplada en el Código Penal, específicamente en el artículo 380. Este tipo de delito hace referencia a la conducción de vehículos de forma claramente imprudente, poniendo en serio riesgo la vida o la integridad física de otras personas.
Existen ciertos factores que pueden agravar las sanciones impuestas. Entre ellos se encuentran la provocación de accidentes con víctimas, la presencia de importantes daños materiales, o si el conductor se encontraba bajo los efectos de sustancias como alcohol o drogas en el momento de los hechos.
Las sanciones por conducción temeraria en el país pueden ser bastante estrictas. En primer lugar, el Código Penal contempla penas de prisión que van de seis meses a dos años, dependiendo de la gravedad de la infracción y las circunstancias particulares del incidente. Esto demuestra el enfoque riguroso que adopta el sistema legal español ante este tipo de conductas.
Además, se prevé la suspensión del permiso de conducir por un plazo que puede ir de uno a seis años, con el objetivo de no solo castigar al infractor, sino también evitar que repita conductas peligrosas y asegurar la protección de los demás usuarios de la vía.
En función de la gravedad del caso, también pueden imponerse multas y sanciones administrativas adicionales. Estas medidas buscan reforzar la conciencia sobre la importancia de respetar las normas de tráfico y garantizar la seguridad en las carreteras.

Omisión del deber de socorro y abandono del lugar del accidente
El delito de abandonar el lugar de un accidente de tráfico se refiere a la acción de una persona que, tras estar involucrada en un accidente del que es responsable, se marcha de la escena sin ofrecer asistencia a las víctimas ni solicitar ayuda a otros, como servicios médicos o de emergencia.
Es fundamental que, tras un accidente de tráfico, los conductores implicados se detengan, presten ayuda a los afectados y colaboren con las autoridades para esclarecer lo sucedido. Abandonar la escena cuando hay lesiones que constituyen un delito implica la comisión de un delito adicional. Esto se suma al delito de lesiones por no cumplir con estas obligaciones esenciales. Asimismo, si la víctima queda desprotegida, se incurre en un delito de omisión del deber de socorro, que conlleva penas más severas que el simple hecho de abandonar el lugar del accidente.
Carecer del permiso de conducción
Este delito se comete cuando una persona conduce un vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido en ningún momento un permiso de conducir, o bien si ha perdido todos los puntos de su licencia, o si esta ha sido revocada por una decisión judicial. Esta conducta es penada con sanciones que van de tres a seis meses de prisión, multas que pueden oscilar entre doce y veinticuatro meses, o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.
Obstaculizar la vía o alterar las señales de tráfico
Las normativas sobre seguridad vial establecen una serie de acciones que, si se llevan a cabo, pueden poner en peligro la circulación en las vías públicas. Estas acciones incluyen, entre otras, la instalación de obstáculos, el vertido de sustancias inflamables o resbaladizas en la calzada, la alteración, eliminación o desactivación de señales de tráfico, así como la falta de restablecimiento de la seguridad vial cuando sea necesario.
La realización de delitos de esta naturaleza puede conllevar sanciones que incluyen penas de prisión que van de seis meses a dos años. Como alternativa, se pueden aplicar multas que oscilan entre doce y veinticuatro meses, o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad durante un período que puede variar entre diez y cuarenta días.
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